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Documento BOE-A-2021-6126
Equilibrio INT/361/2021, sobre quince sobre abril, por la que se mantienen los controles en la limite interior terráqueo con Portugal, restablecidos con finalidad de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ver texto consolidado
ESCRITO ORIGINAL
Las efectos de la disciplina INT/316/2021, sobre 1 de abril, por la que se prorrogan los controles en la limite interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo sobre la ocasión sobre crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, han finalizado el 16 sobre abril de 2021, a las 00 59 horas.
La condición epidemiológica en España y Portugal aún aconseja el sostenimiento de medidas preventivas restrictivas de la movilidad en la parte de dentro de el territorio y no ha transpirado, en justa correspondencia, detrás de las debidas consultas con las autoridades portuguesas, se ha resuelto conservar las controles en la frontera interior terrestre entre los dos paÃses.
Esta elección se adopta en virtud de el crónica 25.3 de el Reglamento (UE) 2016/399 de el Parlamento Europeo asàcomo de el Consejo, de 9 de marzo sobre 2016, por el que se establece un Código sobre reglas de la alianza para el cruce de usuarios por las fronteras (Código sobre fronteras Schengen), y no ha transpirado se considera una mesura proporcionada a la gravedad sobre la situación y no ha transpirado congruente con las adoptadas en el interior de el territorio castellano.
En sintonÃa con lo expuesto, dispongo
Producto único. Manutención sobre los controles restablecidos temporalmente en la frontera interior terráqueo con Portugal.
1. Se mantienen las controles restablecidos temporalmente en la frontera interior terrestre con Portugal inclusive las 00 59 horas del 1 de mayo sobre 2021.
2. Separado se permitirá la entrada a territorio castellano a las subsiguientes individuos
a) Ciudadanos españoles desplazándolo hacia el pelo su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, asàcomo los ascendientes y no ha transpirado descendientes que vivan a su cargo, invariablemente que viajen con o de reunirse con éste.
b) Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, mismamente igual que las estudiantes que cursen sus estudios en España.
c) Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen, o en Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino, que se dirijan a su sitio de residencia habitual, https://hookupdates.net/es/equestrian-dating-es/ debidamente acreditado.
d) Quienes vayan a transitar o quedarse en el territorio español por todo razón exclusivamente laboral, continuamente que se acredite documentalmente. Esta estrato incluirá, dentro de otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios asàcomo de el transporte.
e) Aquellas que acrediten documentalmente causas de potencia gran o condición sobre necesidad, o por motivos humanitarios.
f) El personal extranjero acreditado igual que integrante de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y no ha transpirado organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de recorridos vinculados al desempeño sobre sus funciones oficiales, asà como las participantes en viajes sobre Estado y las miembros de Fuerzas asàcomo Cuerpos sobre convicción desplazándolo hacia el pelo Fuerzas Armadas para ejercitar sus funciones.
3. Las entradas y no ha transpirado entrenos de el territorio español por medio de la limite interior terrestre con Portugal sólo podrán realizarse por las pasos autorizados y durante las horarios que se establezcan. an esos efectos, la Dirección General sobre la PolicÃa acordará con las autoridades portuguesas el lista de consejos asàcomo horarios, e informará de ello al público.
Disposición adicional única. Notificación de la medida.
Esta modo se notificará, a través del tarea sobre temas Exteriores, Unión Europea asàcomo C peración, a las Estados miembros sobre la alianza Europea, mismamente como a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y no ha transpirado al Consejo en los términos previstos en el post 27 de el normativa (UE) 2016/399 de el Parlamento Europeo asàcomo del Recomendación, de 9 de marzo sobre 2016, por el que se establece un Código sobre reglas de la vinculación de el cruce de individuos por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Disposición final única. Efectos.
La presente disciplina surtirá plenos efectos a partir de la data sobre su firma.
Madrid, 15 de abril sobre 2021.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
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